Breadcrumb

  1. Inicio
  2. node
  3. EEOC Resuelve El Caso De Discriminacion Por Origen Nacional Contra Colorado Central Station Casino
Press Release 07-18-2003

EEOC Resuelve El Caso De Discriminacion Por Origen Nacional Contra Colorado Central Station Casino

Los Empleados Hispanos Fueron Acosados Verbalmente y Sometidos a una Regla de Sólo Poder Hablar el Inglés en el Lugar de Trabajo

Hoy, la Comisión de Igualdad de Oportunidades de Empleo (conocida por sus siglas en inglés como EEOC) anunció que ha resuelto su demanda federal contra Anchor Coin (una organización que también hace negocios bajo los siguientes nombres de empresas: Colorado Central Station Casino, Inc., International Game Technology, Inc., Anchor Gaming, C.G. Investments, Inc., y CCSC/BLACKHAWK, Inc.) que alega que los siguientes empleados, y otros empleados con trabajos parecidos dentro del Departamento de Manejos Domésticos (Housekeeping), fueron sometidos a severa discriminación por su origen nacional, inclusive acoso verbal y reglas ilegales de sólo poder hablar el inglés: Debra Castillo, María Fernandez, Antonio Montoya, y Sharon Chavez. Humberto Moreno, quien no trabajaba en el Departamento de Manejos Domésticos, fue sometido a comentarios despectivos y ofensivos a su origen nacional.

Aunque niega todas las alegaciones, Colorado Central Station Casino (CCSC) accedió a proveerles a los demandantes y a los otros empleados hispanos con trabajos parecidos, una conciliación monetaria con un total de más de $1.5 millones de dólares. CCSC volverá a enfatizarles a sus empleados de que no hay ninguna regla o política de sólo poder hablar el inglés todo el tiempo en el lugar de trabajo. También, CCSC seguirá dando entrenamiento para asegurar que no ocurra discriminación.

Francisco J. Flores, Jr., el Director de la Oficina del Distrito de Denver de la EEOC, declaró, "Esta resolución debe mandar un mensaje fuerte a las empresas de Colorado, y de la nación, que esperamos que las compañías piensen mucho antes de poner en práctica reglas que pueden discriminar contra la gente que habla otro idioma que no sea el inglés. Esta resolución es una etapa importante en nuestra lucha contra la discriminación por el origen nacional."

Kimberlie Ryan, la abogada de todos los demandantes, declaró, "Este caso no se trataba de qué idioma deben hablar los trabajadores. Se trataba de la promesa de igualdad. Nuestros clientes se enfrentaron con condiciones muy desfavorables cuando hablaron por los derechos de todos para trabajar en paz y para ser libres de discriminación. Selena Solis, del Fondo Legal y Educacional para los Mexicano-Americanos (Mexican-American Legal Defense Fund, MALDEF), y David Fine, del bufete Kelly, Haglund, Garnsey & Kahn, LLC, también eran abogados de los demandantes junto con Kimberlie Ryan y la EEOC.

Selena N. Solis, Abogada de MALDEF, declaró, "Esta conciliación monetaria manda un mensaje claro a las compañías: La discriminación por el idioma que habla una persona en el lugar de trabajo no se va a tolerar hoy en día, especialmente puesto que hay tantos empleados en el lugar de trabajo de hoy que hablan varios idiomas."

En este caso, EEOC sostiene que en 1998, la Directora de Recursos Humanos, sin tener la autoridad y sin que supieran los dueños del casino, instruyó al Jefe de Ingeniería de aquel entonces, al Gerente de Manejos Domésticos de aquel entonces, y a otros supervisores de Manejos Domésticos, a que pusieran en práctica una política o regla de hablar inglés solamente en el Departamento de Manejos Domésticos, a pesar de sus protestas. Además, la Directora de Recursos Humanos los instruyó a que castigaran cualquier empleado del Departamento de Manejos Domésticos que violara tal política o regla. Según la Directora de Recursos Humanos, la política fue puesta en práctica porque una empleada que no hablaba español pensaba que otros empleados de habla española estaban hablando acerca de ella en español, y porque CCSC necesitaba la política "por razones de seguridad".

De acuerdo con la política, la gerencia le dijo al personal del Departamento de Manejos Domésticos que el inglés (inglés-solamente) era el idioma oficial del casino, y que ya no se podía hablar el español.

El Departamento de Manejos Domésticos tenía el número más alto de empleados hispanos. Aunque algunos empleados del Departamento de Manejos Domésticos eran bilingües, otros empleados hablaban solamente el español.

Después de la reunión de febrero, durante 1998, el jefe de ingeniería y el gerente de Manejos Domésticos, regañaban a empleados por hablar español en cualquier momento, diciéndoles, "Inglés-inglés-inglés," o "solamente inglés". Además, gerentes de niveles más altos de la compañía, u otros empleados no hispanos, les gritaban "Inglés-inglés" a los empleados hispanos cuando los encontraban en los pasillos, lo que hacía que los empleados hispanos se sintieran muy avergonzados y que sufrieran mucha angustia emocional.

En el litigio, la explicación de CCSC que necesitaba la política de "ingles-solamente" por legítimas razones de negocios, fue contradicha por testigos de su propia gerencia, quienes se referían a la política como "innecesaria," "incorrecta," y "estúpida". Por lo menos un testigo de la gerencia testificó que, en su opinión, la política de hablar inglés solamente resultó por los sentimientos de enojo e inseguridad de la Directora de Recursos Humanos, e inclusive por su percepción de que los empleados de Manejos Domésticos hablaban de ella en español.

La política de la EEOC sobre reglas de "inglés-solamente" se encuentra en sus guías de discriminación por origen nacional (Parte 29, Código de Reglamentos Federales, Sección 1606.1). La posición de la Comisión es que las reglas que requieren que los empleados hablen solamente inglés en el lugar de trabajo pueden tener un impacto adverso sobre los individuos cuyo idioma principal no sea el inglés, o que no tengan un alto nivel de fluidez en inglés. Tales reglas de "inglés-solamente", cuando se aplican todo el tiempo, pueden violar la ley (Title VII) que prohíbe la discriminación por el origen nacional de una persona.

La EEOC hace cumplir Title VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964 (Title VII of the Civil Rights Act of 1964), lo que prohíbe el acoso con base en raza, color, sexo, y origen nacional, represalia, y otras formas de discriminación de empleo con base en sexo, raza, color, religión, u origen nacional; the Pregnancy Discrimination Act, the Equal Pay Act, the Age Discrimination in Employment Act; the Americans With Disabilities Act, y otras leyes federales. Para más información, vea Ud. la página del Internet de la EEOC, en www.eeoc.gov.

Imagen
Charging Parties and Class Members--L-R--Lorraine Ramos, <br>Jorge Flores, Patricia Kearney, Debra Castillo &amp; Antonio Montoy