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Represalia

Todas las leyes que hacemos cumplir declaran ilegal despedir, asignar a un puesto inferior, acosar o "tomar represalias" de algún otro modo contra personas (empleados o solicitantes de empleo) porque presentaron un cargo de discriminación, porque presentaron una queja ante su empleador u otra entidad cubierta (En Inglés) sobre discriminación en el trabajo, o porque participaron en un procedimiento de discriminación laboral (como una investigación o demanda).

Por ejemplo, es ilegal que un empleador se rehúse a ascender a un empleado porque presentó un cargo de discriminación ante la Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC, por sus siglas en inglés), incluso si la EEOC posteriormente determinó que no hubo discriminación.

Represalia y situaciones laborales

La ley prohíbe las represalias cuando se trata de cualquier aspecto del empleo, como la contratación, el despido, la remuneración, las asignaciones laborales, los ascensos, el despido temporal, la capacitación, los beneficios complementarios y cualquier otro término o condición de empleo.

Cobertura de empleadores

Empleadores con 15 empleados o más en virtud del Título VII y la ADA.

Empleadores con 20 empleados o más en virtud de la ADEA.

Casi todos los empleadores en virtud de la EPA.

 

Plazos

Plazo de 180 días para presentar un cargo. (Puede extenderse según leyes estatales).

Los empleados federales tienen 45 días para comunicarse con un asesor de igualdad de oportunidades en el empleo (EEO, por sus siglas en inglés).